El tribunal de Madrid autoriza al ‘Pequeño Nicolás’ evitar la prisión por su última condena, condicionando que no cometa nuevas infracciones

La justicia ha decidido suspender la pena de cárcel impuesta a ‘El Pequeño Nicolás’ tras la reducción dictada por el Supremo y le ha asignado una multa de 1.800 euros.

El Pequeño Nicolás en su documental.

La Audiencia Provincial de Madrid ha otorgado a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como ‘El Pequeño Nicolás’, la suspensión de su ingreso en prisión tras ser condenado recientemente a dos años de cárcel por el acceso ilegal a bases de datos policiales. Esta suspensión se condiciona a que no incurra en nuevos delitos durante cuatro años.

Los jueces han decidido «conceder el beneficio de la suspensión de la condena privativa de libertad impuesta» a Gómez Iglesias durante este lapso, además de establecer el pago de una multa de 1.800 euros.

Esta suspensión, respaldada por el aval de la Fiscalía, está supeditada a la «inexistencia de actividad delictiva» en dicho periodo y al cumplimiento del pago de la multa, advirtiendo que se revocará y se ejecutará la pena efectiva si no se respetan estas condiciones.

El Tribunal Supremo redujo en marzo pasado la condena a dos años, un mes y 15 días de prisión por el acceso a las bases de datos, al reconocer como «muy cualificada» la atenuante de dilaciones indebidas. La Sala de lo Penal aceptó parcialmente el recurso presentado por el ‘Pequeño Nicolás’, modificando la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Madrid que establecía cuatro años y tres meses.

Actualmente, la Audiencia Provincial señala que, «considerando el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos (cerca de 12 años) sin evidencia de nuevas actividades delictivas, no se ve necesaria la ejecución de las penas privativas de libertad». El tribunal añade que esta suspensión favorece un efecto resocializador que podría verse perjudicado por el ingreso en prisión, optando por mecanismos alternativos para la rehabilitación.

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