El Tribunal Supremo analizará la regularización masiva impulsada por Sánchez antes de que se establezcan derechos definitivos

Colas de peticionarios de regularización en Madrid./ Las claves

El Tribunal Supremo emitirá su fallo respecto a la regularización masiva de inmigrantes antes de que se confirme cualquier derecho para quienes han solicitado.

El número de solicitudes para el proceso de regularización alcanzó 1,3 millones, superando ampliamente la estimación inicial ofrecida por el Gobierno.

El Supremo considera presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE para evaluar la conformidad del decreto con el Derecho de la UE, especialmente en cuanto a la falta de coordinación con otros países del espacio Schengen.

Hasta ahora, el Supremo ha rechazado la suspensión cautelar del proceso, argumentando que los solicitantes ya poseen permisos provisionales de residencia y trabajo.

El Tribunal Supremo no demorará la resolución de los recursos relacionados con el proceso de regularización activado por el Gobierno en abril, que ha acogido 1,3 millones de inmigrantes indocumentados solicitando permiso de residencia.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo califica el decreto del Gobierno como de «especial interés público» debido a la cantidad de personas afectadas y las implicaciones sociales y de derechos humanos, más allá de aspectos económicos o laborales.

Por este motivo, la Sala planea emitir su primera sentencia «a finales de este año o principios de 2027», informan fuentes del tribunal superior. Esto se mantendrá incluso si los magistrados deciden plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la adecuación de esta regularización masiva al Derecho europeo.

Resulta evidente que la Sala tiene reservas sobre dicha adecuación, ya que ha solicitado a las partes su opinión sobre la conveniencia de acudir a la Justicia europea en relación con seis aspectos específicos del proceso, incluyendo el hecho de que se aprobó «sin coordinación previa con otros Estados miembros de la UE» en un espacio común, Schengen, que garantiza la libre circulación.

Si la Abogacía del Estado no logra disipar estas dudas sobre la conformidad con el Derecho europeo, el Tribunal Supremo remitirá el asunto al TJUE para que determine si la regularización respeta los principios de cooperación leal y coordinación entre Estados miembros impuestos por los Reglamentos europeos derivados del Pacto sobre Migración y Asilo.

En caso de que finalmente se plantee la cuestión prejudicial, la Sala solicitará al Tribunal de Luxemburgo la aplicación del procedimiento de urgencia o acelerado, de modo que la resolución del TJUE se emitiría en un plazo de tres a cinco meses.

Cabe destacar que esta cuestión prejudicial se plantearía no en los juicios principales, sino en las diligencias de medidas cautelares abiertas por la petición de los recurrentes (los gobiernos de Aragón y Comunidad Valenciana) para paralizar el proceso de regularización. Este es un factor adicional que podría influir ante el TJUE, según las fuentes consultadas.

Medidas cautelares

Hasta ahora, en otros recursos tramitados anteriormente (presentados por el Gobierno de la Comunidad de Madrid y Vox), el Supremo ha rechazado suspender cautelarmente el proceso de regularización.

Fuentes de la Sala indican que, si el TS dicta sentencia en el plazo previsto, se pueden salvaguardar los intereses legítimos de todas las partes y afectados sin necesidad de decretar la suspensión cautelar del proceso de regularización.

Si los recursos se resuelven favorablemente a los demandantes, su interés no se vería comprometido, pues aún no habría transcurrido el primer año de vigencia de los permisos de residencia inicialmente concedidos, los cuales perderían validez sin opción a prórroga ni a reagrupación familiar. “Nada impide revertir los actos administrativos ya dictados, sin que el decreto tenga efectos posteriores”, apuntan.

En caso de desestimarse los recursos, los intereses tanto de la Administración como de los inmigrantes no se habrán visto perjudicados, algo que sí podría suceder si se detiene el proceso de regularización.

Las mismas fuentes afirman que carece de sentido suspender cautelarmente el proceso ahora que el plazo de presentación de solicitudes ha finalizado, ya que todos los peticionarios disponen ya de autoriación provisional para residencia y trabajo, dada por la comunicación del inicio del procedimiento de regularización según el decreto.

El pasado 25 de mayo, al rechazar la petición cautelar presentada por Vox, el Supremo sostuvo que “la suspensión solicitada implicaría que los solicitantes permanecieran en situación administrativa irregular” sin que se haya declarado la ilegalidad del decreto.

Esto “contradice el interés público perseguido por la norma, con todas sus consecuencias humanas, sociales y económicas”, concluyó el alto tribunal.

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