La secretaria del expresidente del Gobierno afirma que las piezas incautadas por la UDEF son “herencia de doña Sonsoles y regalos de viajes”. La normativa regula la aceptación de obsequios por parte de la Administración y también lo contempla el código de conducta del partido

El pasado martes, la UDEF registró el despacho de José Luis Rodríguez Zapatero, quien fue presidente del Gobierno entre 2004 y 2011 y secretario general del PSOE desde 2000 hasta 2012, dentro de la investigación del caso Plus Ultra, donde figura imputado por presuntos delitos, entre ellos tráfico de influencias.
103 joyas que serían “herencia” o “regalos de viajes”
En el despacho, situado en la primera planta del número 35 de la calle Ferraz en Madrid, los agentes hallaron una caja fuerte que contenía dos discos duros, teléfonos móviles, agendas, ‘pendrives’, alrededor de veinte carpetas y 103 piezas de joyería: anillos, collares, pulseras, pendientes, relojes y otros objetos de valor.
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En una entrevista en La hora de la 1, el presidente del Ateneo de Madrid, Luis Arroyo —quien también actúa como portavoz autorizado del expresidente del Gobierno— afirmó que el valor de las joyas oscila entre “30.000 y 50.000 euros”. Negó que se tratasen de obsequios provenientes de Arabia Saudí por un valor de “medio millón de euros” y destacó que Zapatero quedó “sorprendido” al ver las fotografías de las piezas.
Las autoridades encontraron relojes de marcas como Omega, Certina, Dogma Pierre Balmain y tres Krono con la inscripción «tus compañeros»; además de cruces doradas, brazaletes, broches, cadenas y conjuntos formados por piedras azules, verdes, blancas y granates. Según Gertrudis Alcázar, secretaria del expresidente, todas son “herencia de doña Sonsoles y regalos de viajes”.
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Algunas joyas podrían provenir de la herencia de Sonsoles Espinosa, aunque resulta llamativo que, siendo efectos personales, se encuentren dentro de una caja fuerte en el despacho profesional de Zapatero. Según Arroyo, la caja se hallaba en Ferraz y no en el domicilio particular de la pareja porque fue trasladada tras la venta de la vivienda que compartían mientras esperaban la construcción de su nuevo hogar.
De todos modos, Alcázar menciona dos orígenes, no uno exclusivo, y la placa de uno de los collares, con la inscripción “José Luis R.Z”, indica que no todas las piezas pertenecen a Sonsoles: las joyas no heredadas serían regalos recibidos en viajes oficiales.
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Los cargos públicos no pueden aceptar regalos
El artículo 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que un presidente del Gobierno —así como cualquier empleado público— debe “rechazar cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que sobrepasen los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal”.
El Código Penal, en su artículo 422, establece que “la autoridad o funcionario público que, en beneficio propio o de un tercero, acepte, directamente o a través de otra persona, dádiva o regalo ofrecido por razón de su cargo o función, será sancionado con pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años”. Si las joyas fueron entregadas durante viajes oficiales de Zapatero, sin duda se trataría de regalos hechos “en consideración a su cargo”.
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El artículo 26 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, también enfatiza que cualquier organismo de la Administración General del Estado no debe aceptar “para sí regalos que superen los usos sociales habituales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan afectar el desempeño de sus funciones. En caso de obsequios institucionales de mayor importancia, estos deben incorporarse al patrimonio público correspondiente”.
El entorno del expresidente afirma que se trata de herencias y obsequios, pero tendrá que probarlo.
El propósito de estas limitaciones es claro: evitar conflictos de interés y prevenir el delito de cohecho. Más allá del marco jurídico, el propio Código Ético y de Conducta del PSOE contempla que ningún miembro “puede aceptar regalos o favores, ya sean en efectivo o en especie, viajes o servicios en beneficio propio o de su entorno, provenientes de personas físicas o jurídicas vinculadas directa o indirectamente con su actividad política, laboral, administrativa u orgánica y que generen un potencial conflicto de interés, realizados por razón de su cargo o susceptibles de ser percibidos razonablemente como un intento de influir en su comportamiento o en el de terceros, incluso cuando tengan el propósito de premiar una actividad debida; incluyen viajes e invitaciones a actividades recreativas, deportivas y culturales que, por su valor económico o circunstancias, sean relevantes para un posible conflicto o puedan influir en decisiones que deba tomar”.
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Por tanto, queda claro que cualquier regalo de significativo valor recibido por Zapatero durante sus mandatos debería haberse incorporado al patrimonio estatal, por lo que no corresponde que esos bienes formen parte de sus posesiones privadas ni estén guardados sin declarar en una caja fuerte personal.

