Declaración de la Renta 2026: criterios de obligatoriedad para pensionistas y exenciones aplicables

Las pensiones tributan como un salario y la retención puede variar del 1% al 15% según el importe y la situación personal del pensionista

Manifestación de pensionistas frente al

Las pensiones de jubilación, al igual que los sueldos, se consideran rendimientos del trabajo y están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto implica que la Seguridad Social aplica una retención mensual sobre el monto de la pensión, ajustándose tanto al importe como a las circunstancias personales y familiares del beneficiario.

“Entender cómo se calcula esta retención es esencial para prever la cantidad neta que se percibirá cada mes, evitar sorpresas en la declaración de la renta y planear con eficacia los ingresos durante la jubilación”, explican los especialistas en pensiones de Banco Santander. La retención no significa pagar más impuestos, sino un anticipo que luego se regulariza en la campaña de la renta.

La pensión de jubilación forma parte de los rendimientos del trabajo, por lo que está sujeta al mismo sistema de retenciones que los salarios. Cada mes, la Seguridad Social descuenta una cantidad, basada en los tramos de ingresos definidos por la Agencia Tributaria.

No todas las pensiones se gravan de igual manera. Por ejemplo, las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, las de orfandad, las en favor de familiares y las prestaciones derivadas de actos de terrorismo están exentas de IRPF. Estas exenciones dependen del tipo de pensión y no de su cuantía.

El Pleno del Congreso, con el apoyo de PP, Vox y Junts, derogó este martes el decreto ley conocido como el ‘escudo social’, que incluía la revalorización de las pensiones, así como la prohibición de desahucios y cortes de suministros básicos para personas en situación vulnerable. (Fuente: Europa Press/Congreso)

Factores que influyen en la retención: cuantía, edad y situación familiar

El porcentaje de IRPF aplicado sobre la pensión está determinado por el importe bruto anual. A mayor pensión, generalmente mayor es el tipo de retención. De forma orientativa, los tramos de retención para 2025 son: hasta 12.000 euros anuales, cerca del 1%; entre 12.001 y 18.000 euros, retenciones medias entre el 2% y 3%; entre 18.001 y 24.000 euros, alrededor del 8%; entre 24.001 y 30.000 euros, aproximadamente entre 11% y 12%; y a partir de 30.001 euros, superior al 15%.

Estos porcentajes pueden modificarse, ya que el cálculo final considera los mínimos personales y familiares, reducciones por edad o discapacidad, así como la existencia de otros ingresos.

El mínimo personal general es de 5.550 euros anuales, pero aumenta con la edad. Por ejemplo, los mayores de 65 años suman 1.150 euros adicionales, y los mayores de 75 años, otros 1.400 euros más. Además, existen mínimos por descendientes o ascendientes a cargo, lo que puede reducir la base imponible y, por ende, la retención.

“Esto indica que, en la práctica, dos pensionistas con la misma pensión pueden experimentar diferentes retenciones si sus circunstancias personales o familiares varían”, explican los expertos de Banco Santander.

Jubilados exentos de tributar

No todos los pensionistas están obligados a presentar la declaración de la renta. Quienes reciben una única pensión pública y perciben menos de 22.000 euros anuales están exentos de declarar, salvo que decidan hacerlo voluntariamente para solicitar una devolución.

En cambio, si el pensionista percibe ingresos de más de un pagador, por ejemplo, pensión pública y privada, y la suma de los pagos del segundo y siguientes supera los 1.500 euros anuales, el límite se reduce a 14.000 euros.

Los especialistas de Santander ejemplifican: un jubilado con una pensión única de 18.000 euros no está obligado a declarar, mientras que uno que reciba 15.000 euros de la Seguridad Social y 2.000 euros de un plan privado sí debe presentar declaración, al superar el umbral con pagos de dos pagadores.

“Estos límites permanecen estables y buscan simplificar las obligaciones fiscales de los pensionistas con menores ingresos”, señalan los expertos en pensiones.

Decenas de personas portan carteles

Posibilidad de modificar la retención

Los jubilados tienen la opción de solicitar un aumento en el tipo de retención que aplica la Seguridad Social, de la misma forma que los trabajadores pueden pedir a sus empleadores que ajusten el IRPF. Esta alternativa resulta conveniente para quienes prefieren que se les retenga una cantidad mayor cada mes y así evitar pagos elevados al presentar la declaración anual.

El trámite se realiza de forma telemática a través del portal de la Seguridad Social, utilizando certificado digital o el sistema Cl@ve. Desde ahí, puede solicitarse un incremento del tipo de retención o volver al estándar si previamente se había pedido un aumento.

“No es posible reclamar una reducción de la retención por debajo del porcentaje calculado automáticamente, ya que este obedece a la normativa vigente y a los datos personales del pensionista”, advierten los expertos.

Adelanto del pago del impuesto

La retención del IRPF sobre la pensión no representa un coste adicional, sino un método para fraccionar el pago del impuesto. Al presentar la declaración, la Agencia Tributaria calcula la diferencia entre lo retenido y lo que corresponde pagar realmente. Si se ha retenido en exceso, se devuelve la diferencia; si ha sido insuficiente, se deberá abonar el importe restante.

Por ello, los especialistas consideran “esencial” que los jubilados “conozcan cómo se calculan las retenciones y revisen la retención aplicada para evitar ajustes inesperados durante la campaña de la renta».

También aconsejan que aquellos pensionistas con ingresos adicionales por alquileres, fondos de inversión o planes privados tomen en cuenta que estos ingresos pueden modificar el tipo efectivo de IRPF, aumentando la tributación total.

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