La organización de consumidores exige que desde enero de 2026 se apliquen compensaciones por retrasos de 15 y 30 minutos y denuncia el bloqueo en la protección a los pasajeros

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha dirigido una carta al Ministerio de Transportes en la que manifiesta su “gran preocupación” por el retraso en la puesta en marcha de las indemnizaciones ferroviarias por demoras de 15 y 30 minutos. Denuncia que el incumplimiento de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible está dejando sin compensación legalmente establecida a miles de viajeros.
La Disposición Adicional Trigésima Primera de esta normativa obliga a restablecer el sistema de devoluciones históricas desde el 1 de enero de 2026. Durante más de dos décadas, Renfe ofreció el reembolso del 50% del billete para demoras de 15 minutos y del 100% para retrasos de media hora, posicionando a España entre los países con mayor protección para usuarios de tren, según destaca la OCU.
La entrada de nuevos operadores en el mercado ferroviario condujo, en 2024, a la sustitución de ese régimen por otro menos favorable: las compensaciones se aplican solo cuando los retrasos superan los 50 o 90 minutos. La Ley 9/2025 reviertió ese cambio, estableciendo el regreso a la política anterior. No obstante, la OCU señala que el Ministerio de Transportes ha condicionado la vigencia de las indemnizaciones a la aprobación de un reglamento que, a juicio de la organización, no es necesario.
“La ausencia de desarrollo reglamentario no detiene la eficacia de una ley, y el derecho a las indemnizaciones es plenamente exigible desde el 1 de enero de 2026”, afirma la OCU en el escrito enviado al ministro.
Declaraciones de Carlos Bartomeu, máximo responsable de Iryo, quien asegura que la prioridad es colaborar con la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes para esclarecer lo sucedido
Renfe e Iryo mantienen la suspensión de compensaciones
De forma paralela, tanto Renfe como Iryo han interrumpido temporalmente sus compromisos voluntarios relacionados con la puntualidad. Esta medida coincide con recientes reducciones de velocidad impuestas por ADIF en ciertos tramos ferroviarios, lo cual, según ambas compañías, complica el cumplimiento de los horarios habituales.
La OCU destaca que estas modificaciones han provocado un empeoramiento en la protección de los usuarios y recuerda que las empresas no solo redujeron sus compromisos, sino que “han rechazado incluso las indemnizaciones establecidas en el Reglamento Europeo”.
La organización de consumidores considera que esta situación “constituye un incumplimiento manifiesto de una obligación legal y genera un serio perjuicio para los viajeros”, especialmente en un contexto de aumento de incidentes, retrasos y cancelaciones.
Una reclamación que exige respuesta inmediata
En su misiva, la OCU reclama la publicación inmediata del reglamento pendiente, un calendario de ejecución público, transparente y verificable, así como instrucciones claras a Renfe para asegurar el cumplimiento del mandato legal. La organización subraya que el Gobierno no puede ignorar una obligación legal tan clara y advierte que cada día sin acción significa la pérdida de un derecho para miles de usuarios.
“Es fundamental actuar sin demora”, se recoge en el documento. La entidad enfatiza que seguirá vigilando la situación y no descarta intensificar su actividad institucional si continúa la inacción gubernamental.
La OCU invita a los pasajeros afectados a unirse a la campaña El tren se puede retrasar, tus derechos no, que busca movilizar a la ciudadanía para exigir transparencia, respeto a los derechos y un mejor servicio ferroviario. Esta iniciativa también ofrece asistencia a los viajeros para tramitar reclamaciones por los perjuicios derivados de los continuos retrasos.
La Ley garantiza el derecho a la indemnización desde 2026
El texto legal establece claramente que el sistema de compensaciones debe volver a aplicarse para retrasos de 15 y 30 minutos a partir del 1 de enero de 2026. Para la OCU, dicha disposición adicional no requiere un desarrollo normativo adicional para su implementación, por lo que “el derecho debe ser exigible en tiempo y forma”.
La organización insiste en que el retraso en la ejecución de la ley representa un retroceso en la protección de los consumidores y un incumplimiento del mandato legal.

