El Senado presentará un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional contra Sánchez por evitar el control parlamentario.

Este constituye el primer conflicto de atribuciones contra un presidente del Gobierno en la historia democrática del país.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

El Senado presentará ante el Tribunal Constitucional el primer conflicto de atribuciones contra un presidente del Gobierno desde el inicio de la democracia. La Mesa de la Cámara Alta ha recibido la iniciativa del PP, el grupo mayoritario, de llevar a Pedro Sánchez ante el tribunal de garantías por eludir el control parlamentario, vulnerando así la facultad y el derecho que la Constitución otorga al Senado para cumplir sus funciones.

Esta decisión se tomó tras la negativa del presidente del Gobierno a comparecer ante el Pleno extraordinario convocado el pasado 29 de enero para informar sobre los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y de Rodalíes. En concreto, esta ausencia es el motivo principal del conflicto, aunque la postura del PP, respaldada por la Mesa de la Cámara, se basa en el reiterado incumplimiento del presidente respecto al Senado: Sánchez no asiste a sesiones de control en la Cámara Alta desde hace 22 meses.

El Ejecutivo rehusó acudir a la convocatoria del Senado pese a que su presidente, Pedro Rollán, le había recordado por carta su «inexcusable obligación constitucional de presentarse ante el Pleno», tal como establece la Constitución y el Reglamento del Senado. En esta comunicación, Rollán también advirtió sobre las posibles consecuencias legales de su eventual falta.

Confirmada la inasistencia de Sánchez, la Cámara fundamentará en el conflicto que el presidente del Gobierno ha impedido al Senado ejercer las atribuciones constitucionales asignadas, concretamente la función de control al Ejecutivo, que abarca no solo a los ministros, sino también a la máxima autoridad gubernamental.

El PP argumenta que este tipo de conflicto encaja dentro de los reconocidos por el TC como «conflicto vindicativo», cuyo objetivo es defender la competencia del Senado, que le ha sido impedida debido al incumplimiento del presidente del Ejecutivo.

Entre las razones para sostener este conflicto, se destaca el recordatorio de que «la relación de confianza implica que el Gobierno debe informar sobre sus decisiones al Parlamento, explicándose y justificándose ante él. Esto supone un diálogo institucionalizado y continuo: al Gobierno le corresponde la dirección política y al Parlamento, su control permanente».

En este contexto, los populares sostienen que Sánchez ha desobedecido la llamada del Senado, contrariando lo establecido en el artículo 66.2 de la Constitución, que señala que las Cortes Generales «controlan al Gobierno». Relacionado con este precepto, el PP subraya que el Parlamento no solo puede controlar al Ejecutivo, sino que debe hacerlo cuando la Cámara lo decida, y no cuando lo determine el propio controlado.

Asimismo, se menciona la vulneración de los artículos 1.1 y 3 de la Constitución y del 110.1, que remiten a la forma política del Estado como «monarquía parlamentaria» en la que «las Cámaras y sus comisiones pueden exigir la presencia de los miembros del Gobierno». El PP enfatiza el plural para remarcar que la función de control es competencia tanto del Congreso como del Senado, con igual alcance e intensidad, aunque esta última Cámara no haya establecido una relación de confianza con el presidente del Gobierno mediante la votación de su investidura.

Del mismo modo, se argumenta la infracción del artículo 182 del Reglamento del Senado, que indica que «el presidente del Gobierno, por propia iniciativa o por acuerdo de la Junta de Portavoces, comparecerá ante el Pleno del Senado para informar sobre un asunto determinado». Esta norma impide que el jefe del Ejecutivo decida arbitrariamente si acude o no a la convocatoria de la Cámara.

En este caso, además, se precisa que la obligación del presidente y de los ministros de comparecer ante el Pleno es mucho más estricta que la de responder a preguntas orales o interpelaciones. En las comparecencias, la petición se dirige a una persona concreta y no puede ser delegada a otro ni justificarse la ausencia o aplazamiento salvo por causas de fuerza mayor.

Con estos argumentos, el grupo mayoritario del Senado rechaza la postura del Gobierno según la cual el Ejecutivo puede decidir libremente si la comparecencia se realiza y en qué Cámara tiene lugar. En esta ocasión, se ha señalado que la «prioridad política» era que el presidente compareciera en el Congreso y no en el Senado, y que para la Cámara Alta bastaba con sustituirlo por el ministro de Transportes.

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