El incremento del salario mínimo interprofesional impactará los subsidios destinados a trabajadores mayores de 52 años

El importe mensual se mantiene en 480 euros, pero sube el tope de rentas tras el incremento del SMI

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El subsidio para mayores de 52 años continúa siendo una de las ayudas más importantes en 2026 para quienes pierden su empleo en las etapas finales de su vida laboral. La cuantía mensual de esta prestación se mantiene en 480 euros, calculada como el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que no cambia respecto a 2025. Aun así, el límite de ingresos para acceder al subsidio aumenta, debido a su vinculación con el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI), lo que facilita el acceso a más beneficiarios.

Para obtener esta ayuda es necesario cumplir una serie de condiciones específicas. Podrán acceder quienes, a partir del 1 de noviembre de 2024, hayan agotado una prestación contributiva por desempleo. A diferencia de años anteriores, ya no se exige estar inscrito un mes completo como demandante de empleo tras finalizar el paro; el derecho al subsidio nace en el momento del agotamiento de la prestación contributiva.

También es elegible quien acredite situación legal de desempleo en esa misma fecha, siempre que haya cotizado al menos 90 días. En ambos supuestos, es imprescindible tener 52 años cumplidos en el instante en que se presenta alguna de estas situaciones, según informan fuentes de BBVA.

Esta es la edad a la que te puedes jubilar si cobras el subsidio para mayores de 52 años

Demandantes de empleo

El solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo en el momento de realizar la solicitud y tener firmado el acuerdo de actividad con los servicios públicos de empleo, donde se detallan los derechos y obligaciones para fomentar la empleabilidad.

Entre los requisitos clave está haber cotizado un mínimo de seis años a lo largo de su vida laboral por la contingencia de desempleo en España. Además, la persona debe cumplir todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación.

Límite de rentas: ¿cuánto puedes ingresar para no perder el subsidio?

La concesión y mantenimiento del subsidio dependen de no superar el límite de rentas establecido. En 2026, este límite mensual es de 915,75 euros, correspondiente al 75% del SMI mensual vigente (1.221 euros). Se consideran todos los ingresos de cualquier origen, incluyendo salarios, rendimientos del capital, pensiones alimenticias o compensatorias, ingresos por actividades económicas y prestaciones públicas o privadas, excepto las ayudas de la Seguridad Social por hijos a cargo.

No se incluyen como ingresos las cuotas destinadas a financiar el convenio especial con la Seguridad Social. Si el solicitante forma parte de una unidad familiar, también se consideran los ingresos de todos los miembros de la familia.

Además de quienes agotan la prestación por desempleo, pueden acceder al subsidio aquellos que, mientras perciben otros subsidios (como el de cotización insuficiente), cumplen los 52 años y reúnen el resto de requisitos. Asimismo, está permitido solicitar la ayuda tras la reanudación de cualquier subsidio, siempre que se cumplan las condiciones en la fecha de reanudación.

No es posible obtener el subsidio para mayores de 52 años si la persona ha agotado la Renta Activa de Inserción (RAI), la prestación por cese de actividad (paro de autónomos) o el subsidio extraordinario por desempleo.

La prestación se mantiene hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación que da derecho a la pensión contributiva. Su importe en 2026 es de 480 euros mensuales, idéntico al de 2025. El pago se efectúa entre los días 10 y 15 de cada mes, mediante transferencia a la cuenta bancaria del beneficiario.

Cotización por jubilación durante la percepción del subsidio

El SEPE realiza las cotizaciones a la Seguridad Social por jubilación tomando como base el 125% de la base mínima de cotización del Régimen General, que en 2026 será de 1.726,50 euros mensuales. Estas cotizaciones cuentan para la base reguladora de la pensión y el periodo requerido en caso de jubilación anticipada.

Si el beneficiario trabaja a tiempo completo y recibe el complemento de apoyo al empleo (CAE), el SEPE no efectuará cotizaciones durante ese periodo. En caso de empleo a tiempo parcial, la base de cotización se ajusta proporcionalmente.

Todos los beneficiarios están obligados a presentar una declaración anual de rentas cada 12 meses desde la concesión o última reanudación del subsidio. La falta de presentación en el plazo de 15 días hábiles provoca la suspensión del subsidio. Si el SEPE detecta que se ha superado el límite de ingresos, suspende la ayuda y exige la devolución de los importes percibidos indebidamente.

Quienes acceden al subsidio estando en un empleo a tiempo parcial, o comienzan a trabajar siendo beneficiarios, pueden compatibilizar el subsidio con el empleo gracias al complemento de apoyo al empleo, sin riesgo de suspensión por esa razón.

Para mantener el derecho al subsidio para mayores de 52 años es esencial no sobrepasar el límite de ingresos, presentar la declaración anual a tiempo y cumplir con lo estipulado en el acuerdo de actividad. La prestación se conserva hasta la jubilación, siempre que se cumplan los requisitos vigentes en cada momento.

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