El equipo legal de Koldo solicita urgentemente al TJUE una cuestión prejudicial para detener la audiencia previa al juicio

Koldo García el pasado 27 de noviembre entrando en el Supremo antes de que el juez decretara su ingreso en prisión.

La defensa de Koldo García ha solicitado al Tribunal Supremo la suspensión de la audiencia preliminar del juicio mediante la presentación de una cuestión prejudicial al TJUE.

Se propone consultar al TJUE acerca de la competencia del Supremo para juzgar a los acusados tras la renuncia de Ábalos a su acta de diputado y a su condición de aforado.

El documento expone cinco preguntas relativas a la legalidad de que el Supremo mantenga esta competencia, basándose en acuerdos internos y no en normativas legales formales.

El caso examina la adjudicación de contratos de mascarillas a cambio de presuntos sobornos en el Ministerio de Transportes.

Esta misma mañana, la defensa de Koldo García ha presentado un escrito adicional en el que solicita a la Sala Penal del Tribunal Supremo la suspensión de la audiencia preliminar del juicio, prevista para las 11 horas.

La abogada Leticia de la Hoz fundamenta la solicitud en la necesidad de que la Sala formule una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para dilucidar su competencia para juzgar al exministro José Luis Ábalos, a García y al empresario Víctor de Aldama, dado que Ábalos renunció a su acta de diputado, perdiendo así su condición de aforado.

Si la cuestión prejudicial es admitida, el proceso por el primer caso de corrupción que afecta directamente a un exmiembro del Gobierno de Pedro Sánchez quedaría paralizado indefinidamente hasta que el TJUE dictamine al respecto.

La defensa de García cuestiona desde hace meses la competencia del Supremo, siendo este tema una de las cuestiones previas a tratar en la audiencia preliminar de esta mañana.

La petición de última hora para suspender la audiencia representa una estrategia para evitar el enjuiciamiento en esta causa, la cual incluye la investigación de la responsabilidad penal en la adjudicación de contratos de mascarillas por el Ministerio de Transportes a cambio de supuestos sobornos.

Cinco preguntas

El escrito de la defensa solicita que la Sala Penal formule cinco preguntas al TJUE.

La primera cuestión indaga si un «tribunal establecido por la ley» (según el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE) puede ser un Tribunal Supremo que mantiene su competencia para juzgar a una persona que ha perdido su condición de aforado basándose en un acuerdo interno no normativo.

Esto se refiere al acuerdo no jurisdiccional aprobado por la Sala Penal en diciembre de 2014, donde el Tribunal Supremo, por unanimidad, fijó que conservaría su competencia para juzgar a personas aforadas que renunciaran al fuero ya iniciado el juicio oral.

La segunda pregunta plantea si es compatible con el principio de primacía del Derecho de la Unión y con el artículo 47 de la CDFUE que la competencia del Tribunal Supremo para juzgar en única instancia se base en un criterio interpretativo establecido en un acuerdo no jurisdiccional y no en una ley expresa.

La tercera cuestión se centra en si mantener ante el Tribunal Supremo a una persona que voluntariamente ha renunciado a su condición de aforado, negándole la opción de apelación ante un tribunal superior, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 47 CDFUE) y al derecho a la doble instancia (reconocido en el Derecho de la UE).

En cuarto lugar, se plantea si el concepto de «perpetuatio iurisdictionis» puede interpretarse de manera amplia para conservar la competencia del Tribunal Supremo cuando el fundamento legal (aforamiento) desaparece antes de iniciar el juicio oral, sin contradecir el derecho a un juez predeterminado por ley.

Finalmente, se cuestiona si es compatible con el artículo 47 CDFUE establecer como momento clave para fijar la competencia el auto de apertura del juicio oral, cuando esta regla no está presente en ninguna ley formal, sino solo en un acuerdo interno del tribunal.

Para la defensa de Koldo García, mantener la competencia del Tribunal Supremo sin plantear la cuestión prejudicial «implica un riesgo real de vulneración del Derecho de la Unión Europea».

Se espera que la Sala resuelva la solicitud de suspensión al inicio de la audiencia preliminar.

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