Un experto en derecho laboral detalla las opciones ante la imposibilidad de acudir al trabajo por la huelga de trenes

Aunque algunos expertos recomiendan ampararse en el permiso climático para no asistir, el especialista avisa de que el Estatuto de Trabajadores no contempla los paros como un motivo de ausencia

Decenas de personas en la

El inicio del año ha estado marcado en el sector ferroviario por los accidentes mortales ocurridos en Adamuz y Gelida, ante los cuales los empleados se han movilizado para exigir soluciones a los problemas de mantenimiento y las condiciones laborales dentro de la red española de transporte ferroviario. En este sentido, diversos sindicatos han convocado paros para los días 9, 10 y 11 de febrero, con una alta expectativa de seguimiento que afectará las rutas habituales de millones de viajeros. Durante estas jornadas de huelga, numerosos trabajadores podrían enfrentar dificultades para llegar a sus lugares de empleo.

El abogado Ignacio de la Calzada analiza en un video publicado recientemente en su perfil de TikTok (@laboral_tips) las consecuencias legales de esta situación y aclara dudas comunes acerca del pago del día y las obligaciones laborales, sin cuestionar la legitimidad de las reivindicaciones. De la Calzada sostiene que la huelga es necesaria, considerando que “el servicio ferroviario de España está atravesando una crisis profunda”. A su juicio, la protesta representa una reacción mínima frente a los “problemas graves que existen” en el sistema ferroviario.

No obstante, advierte sobre los efectos inmediatos para quienes no logren desplazarse a sus puestos de trabajo. “Muchos estarán afectados por la huelga convocada y no podrán asistir al centro laboral”, afirma el abogado, y anticipa posibles conflictos con las empresas debido a estas ausencias.

El permiso climático no contempla huelgas

En relación con la obligación empresarial de abonar ese día, De la Calzada cita el artículo 37.3.g) del Estatuto de los Trabajadores. Señala que este artículo regula el permiso conocido popularmente como “permiso climático”, que permite ausentarse hasta cuatro días debido a la imposibilidad de acudir al trabajo “como consecuencia de restricciones o limitaciones impuestas por la autoridad”.

“Por ejemplo, cuando Protección Civil declara una alerta o existe un riesgo grave e inminente”, aclara. Sin embargo, puntualiza que este permiso no es aplicable específicamente a una huelga de trenes, por lo que en principio “hoy deberías recuperar el día si no logras asistir al centro de trabajo”.

Sobre la comunicación con la empresa, De la Calzada aconseja actuar con transparencia: “Lo primero, si hay una huelga, procura justificar de alguna manera que estás afectado por ella. En segundo lugar, informa hoy a tu empresa sobre tu imposibilidad de asistir o incluso sobre cualquier retraso que tengas”.

Alternativas a recuperar las horas no trabajadas

“Entonces, ¿las horas o el día no trabajado deben pagarse o recuperarse? La respuesta es afirmativa, pero existen varias opciones. La primera es que la empresa puede descontar el día o las horas correspondientes del salario. Esto es totalmente legal, ya que si no se trabaja, no se cobra”, explica el especialista. Como segunda alternativa, indica que la empresa “puede pagarte y acordar la recuperación de esas horas mediante la flexibilidad horaria”, pactando con el trabajador el modo de compensarlo.

De la Calzada también señala el teletrabajo como una solución posible: “Si hoy resulta imposible acudir al centro, pueden implementarse medidas como el teletrabajo, de modo que trabajas desde casa, no necesitas recuperar horas y todos salen beneficiados”. Frente a otras interpretaciones legales que demandan el pago retribuido del día en casos de retrasos o cancelaciones, De la Calzada es claro: “En mi opinión, no es así, porque la finalidad de este permiso no es esa. Hay una huelga en curso y existen alternativas para acudir al trabajo”.

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