Guardia civil sancionado por intoxicarce y agredir al escolta de Sánchez en Moncloa

El Supremo ratifica la sanción a este agente que se presentó en su turno laboral «con signos claros de haber consumido, en exceso, bebidas alcohólicas».

Coches de la Guardia Civil en imagen de archivo.

El Tribunal Supremo ha validado la sanción aplicada a un guardia civil que se emborrachó durante su jornada laboral en el gimnasio destinado al personal de seguridad de Presidencia del Gobierno y, en estado de embriaguez, realizó ‘un calvo’ -se bajó los pantalones y mostró las nalgas- al jefe de escoltas del presidente Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción contra este agente, consistente en la «pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones», derivada de un expediente disciplinario por hechos ocurridos el 1 de abril de 2022, en su lugar de trabajo.

Ese día, el guardia civil se incorporó a su turno vespertino tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. Su responsabilidad era supervisar el gimnasio utilizado por el personal de seguridad de Presidencia del Gobierno.

A las 15.00 horas, un brigada y un cabo llegaron con una botella de ginebra a la sala de cardio y el guardia civil, encargado del orden, permitió la entrada de alcohol y, además, consumió combinados de ginebra con Coca-Cola junto a ellos.

Cuatro horas después, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas de Pedro Sánchez arribaron a la sala de ‘cardio’ y encontraron al guardia civil mostrando «signos evidentes de intoxicación etílica».

En ese momento, el guardia civil sancionado «se bajó los pantalones y exhibió sus nalgas, mientras bailaba y adoptaba una postura en cuclillas».

Estos hechos constan en la sentencia emitida por el Tribunal Militar Central, que el Supremo ha ratificado en otro fallo al que tuvo acceso EFE, rechazando el recurso presentado por el sancionado.

El Supremo desestima todas las alegaciones presentadas por el guardia civil en su recurso. Señala además que su derecho a la presunción de inocencia no fue vulnerado, al existir numerosas declaraciones testimoniales que indican que el agente mostraba «síntomas claros de embriaguez, fuerte olor a alcohol, voz pastosa, expresiones incoherentes, bailaba y bajó sus pantalones brevemente en posición de sentadilla, mostrando las nalgas».

Asimismo, la sentencia recurrida cita la declaración de un cabo que admitió que habían consumido bebidas alcohólicas.

La Sala de lo Militar también rechaza que se haya infringido el principio de legalidad, el derecho de defensa o el principio de proporcionalidad, ratificando la sanción impuesta por una falta grave.

Para dictar la sanción, se consideró que el agente se encontraba de servicio bajo los efectos del alcohol, infringiendo así las normas del gimnasio que debía vigilar, y su comportamiento «incorrecto e irrespetuoso» al bajarse los pantalones y mostrar las nalgas, calificado en la sentencia de instancia como «conducta indigna de un guardia civil».

Scroll al inicio