Esto no significa un despido, sino un periodo durante el cual la Seguridad Social debe decidir si ordena el regreso a la oficina o la incapacidad permanente

Al cumplirse los 18 meses de baja por incapacidad temporal en España, que equivalen a 545 días, la empresa cesa en la cotización por el trabajador y el puesto queda en situación de suspensión administrativa, según lo confirmado por la Seguridad Social. Este cambio no supone la finalización del contrato, sino que marca una etapa en la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe determinar si procede la reincorporación, la extensión de la baja o la declaración de una incapacidad permanente.
Durante este periodo intermedio, el empleado sigue recibiendo la prestación económica correspondiente, aunque no genera nuevas bases de cotización ni acumula días de vacaciones. La falta de cotización tras los 545 días no representa un despido ni la terminación del contrato, sino una suspensión temporal de derechos y obligaciones laborales hasta la resolución administrativa emitida por el INSS.
El proceso administrativo después de superar los 18 meses queda a cargo del INSS, entidad que debe evaluar clínicamente al trabajador para decidir entre tres posibles opciones: reconocimiento de incapacidad permanente, alta médica para volver al empleo o la aprobación de una prórroga —denominada “demora de calificación”— con una duración máxima de 24 meses (730 días naturales). Durante este periodo, el trabajador continúa percibiendo la prestación, cuyo monto autorizado corresponde al 75% de la base reguladora. El pago es responsabilidad de la Seguridad Social, salvo en los casos en que la mutua ya cubría el importe antes del día 545, en cuyo caso la mutua mantiene la gestión hasta la conclusión del expediente.
La suspensión del contrato no equivale a un despido. Según la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, la baja técnica gestionada por la empresa —junto con la liquidación de salarios pendientes— es solo un trámite legal derivado de la normativa que extingue la obligación de cotización. “El contrato se considera suspendido a la espera del dictamen del tribunal médico, manteniendo el trabajador el derecho a reincorporarse si no se le reconoce la incapacidad permanente”, afirma el Tribunal Supremo en la sentencia STS 5425/2025.
Qué es la incapacidad laboral temporal, cuánto tiempo dura y cuánto se cobra.
Las implicaciones de sobrepasar los 18 meses de baja
En los casos de alta médica, el trabajador debe reincorporarse sin demora tras recibir la notificación oficial, que usualmente se comunica vía SMS y se confirma luego por carta. Si el empleado no regresa al puesto dentro del plazo legal, la empresa puede iniciar acciones disciplinarias, incluyendo el despido. Los expertos recomiendan mantener actualizados los datos personales y de contacto en la Sede Electrónica de la Seguridad Social para evitar inconvenientes en la notificación y garantizar el derecho a recurrir en caso de una resolución desfavorable.
En situación de reconocimiento de incapacidad permanente, existen varios grados con consecuencias distintas. Si se declara una incapacidad total, el trabajador percibirá el 55% de la base reguladora (que aumenta al 75% para quienes superen los 55 años). En caso de incapacidad absoluta o gran invalidez, la prestación asciende al 100% de la base reguladora, y la gran invalidez incluye un complemento adicional de hasta el 45% de un salario mínimo.
Desde la suspensión del contrato hasta la resolución definitiva del expediente médico, el trabajador sigue cobrando la prestación por incapacidad temporal. Esta compensación se mantiene en el 75% de la base reguladora, sin cambios respecto a períodos anteriores. El pago corresponde a la Seguridad Social o a la mutua responsable si ya estaba encargada del abono con anterioridad.

