La fiscalía solicita cuatro años de prisión para mujer que ocultó la muerte de su marido y cobró la pensión durante siete años

La acusada habría recibido un total de 63.900 euros

Jubilados hacen ejercicio en un

La Fiscalía pide cuatro años de cárcel para una mujer que, tras quedar viuda en Benidorm en enero de 2009, supuestamente ocultó el fallecimiento de su esposo y continuó percibiendo durante casi siete años más la pensión por incapacidad absoluta que este recibía.

El juicio por estos hechos está programado para el jueves 15 a las 10:00 en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, según el Tribunal Superior de Justicia valenciano. A la acusada se le imputa un presunto delito contra la Seguridad Social por no comunicar el fallecimiento y seguir cobrando la pensión después de la muerte del hombre en Benidorm en enero de 2009.

Se estima que la mujer recibió un total de 63.900 euros al no informar a la Seguridad Social sobre el deceso del beneficiario, a pesar de estar consciente de la obligación legal de hacerlo, como ha resaltado el alto tribunal.

No es el primer caso similar

Este no es un caso aislado en los últimos meses. Recientemente, un hombre fue condenado a dos años de prisión y a una multa de 400.000 euros por haber percibido durante más de 15 años la pensión de jubilación de su padre fallecido. En 1999, el hijo se incorporó como cotitular de la cuenta bancaria y asumió la gestión exclusiva de los fondos. Aunque sabía que la pensión seguía abonándose sin interrupción, decidió no informar sobre el fallecimiento ni a la Seguridad Social ni al banco. Durante ese tiempo, utilizó el dinero para cubrir gastos personales y familiares, realizando extracciones en efectivo, compras y diversos pagos. La situación se mantuvo hasta que Caixabank notificó al Instituto Social de la Marina el fallecimiento del titular, provocando la suspensión inmediata de los pagos.

Al descubrir los hechos, el Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife inició diligencias penales que terminaron en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. En abril de 2021, este tribunal dictó sentencia condenatoria contra el investigado, imponiéndole la pena de prisión, la multa económica y la obligación de devolver 231.306,91 euros al Instituto Social de la Marina en concepto de indemnización.

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El caso llegó al Tribunal Supremo, que ratificó la condena basándose en la aplicación rigurosa del artículo 307 ter del Código Penal, que penaliza tanto la obtención fraudulenta como la prolongación indebida de prestaciones de la Seguridad Social mediante simulación, tergiversación, engaño u ocultación de información relevante. Según la Sala, la conducta del acusado refleja una ocultación consciente y prolongada, dado que durante más de quince años evitó informar tanto a la Seguridad Social como al banco sobre la muerte de su padre, permitiendo la continuación de los pagos indebidos.

Uno de los puntos esenciales en el razonamiento del Tribunal es la existencia de un engaño punible, que en este caso se materializa en la omisión de un dato crucial, como es el fallecimiento del beneficiario de la pensión.

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