El TS obliga a García Ortiz a abonar 10.000 euros de indemnización y la multa impuesta al novio de Ayuso

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, saliendo del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha impuesto a Álvaro García Ortiz una multa de 7.200 euros y la obligación de indemnizar con 10.000 euros al empresario Alberto González Amador.

García Ortiz fue sancionado por divulgar información tributaria confidencial relacionada con González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, durante su mandato como fiscal general del Estado.

Además, la Sala Penal del Supremo ha remitido esta resolución a la Inspección Fiscal, que evaluará si García Ortiz debe continuar en la carrera fiscal tras esta condena.

El exfiscal general dispone de diez días para solicitar, si lo considera oportuno, un aplazamiento en el pago de las sanciones económicas impuestas.

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha decidido ejecutar la sentencia dictada el pasado 9 que condena a Álvaro García Ortiz a pagar una multa de 7.200 euros y le impone la inhabilitación como fiscal general del Estado por un delito de revelación de información reservada obtenida en el ejercicio de su función.

El alto tribunal declaró a García Ortiz culpable de filtrar datos fiscales confidenciales de Alberto González Amador, empresario y pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, a la Cadena Ser. Posteriormente, difundió una nota de prensa que reiteraba la información indebida sobre la confesión del abogado de González Amador acerca de dos delitos fiscales cometidos por su cliente.

Contra esta resolución no procede recurso ordinario alguno, por lo que la Sala ha ordenado a García Ortiz que proceda al pago de la multa. Asimismo, deberá abonar a González Amador una indemnización de 10.000 euros como compensación por el daño moral causado por la filtración.

La Sala también ha acordado remitir la sentencia a la Inspección Fiscal, “a los efectos oportunos”. Esto resulta importante porque la Fiscalía General debe decidir si García Ortiz conserva o pierde su condición de miembro de la carrera fiscal tras la condena por delito doloso.

Se concede al exfiscal general un plazo de diez días para que presente alegaciones en caso de solicitar un aplazamiento para el pago de las responsabilidades económicas, especificando los términos y el límite temporal para su cumplimiento.

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