Muchos trabajadores contratados mediante contrato fijo discontinuo, clave en sectores estacionales, sufren abusos que les dejan sin vacaciones ni protección plena

El contrato fijo discontinuo constituye uno de los acuerdos laborales más relevantes para numerosos empleados vinculados a actividades estacionales o cíclicas en España. Este tipo de contrato, clasificado en la legislación como indefinido, se emplea sobre todo en sectores donde la demanda laboral es recurrente, aunque no continua, tales como la hostelería, la agricultura y ciertos servicios turísticos. A diferencia de los contratos temporales, este vínculo laboral permanece vigente durante los periodos inactivos, sin la necesidad de formalizar un nuevo contrato cada temporada. Esta modalidad asegura la antigüedad, el derecho a prestaciones por desempleo y el acceso a vacaciones remuneradas.
No obstante, su aplicación no es siempre correcta en todas las empresas. El abogado Juanma Lorente ha señalado en su perfil de TikTok diversas irregularidades que suele identificar respecto al uso de este tipo de contrato. “Muchas compañías hacen un uso inadecuado del contrato fijo discontinuo y cada vez es más frecuente que me encuentre con estos casos”, advierte. El profesional detecta un aumento de prácticas que colocan a trabajadores fuera del marco legal y recomienda informarse sobre los derechos vinculados a este contrato. En los sectores más afectados emergen conflictos relacionados con abusos o interpretaciones flexibles de la normativa, lo que puede derivar en sanciones y demandas judiciales.
La legislación indica que el contrato debe especificar el motivo de la contratación, la tarea a realizar, el periodo de actividad previsto y las condiciones salariales. Además, la empresa está obligada a efectuar un aviso previo al trabajador al inicio de la temporada o periodo activo, así como a abonar el salario, computar la antigüedad y respetar el derecho a vacaciones, conforme al convenio sectorial correspondiente.
Abusos en contratos fijos discontinuos: trabajadores alertan de prácticas ilegales
Lorente enfatiza la gravedad del problema: “Hay empresas que mantienen al trabajador dado de alta 11 meses, pero lo dan de baja solo un mes para que pueda cobrar el paro, para no remunerarle las vacaciones o por si en algún momento quieren despedirlo sin que se percate, dejándolo en situación de desempleo, alegando falta de actividad”. Estas conductas vulneran los principios esenciales del contrato fijo discontinuo y ponen en riesgo la protección social del trabajador. El abogado subraya que “esto es ilegal y quienes lo padecen deberían presentar reclamaciones”.
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Gran parte de los empleados ignoran que, pese a contar con este contrato, solo quedan fuera de la empresa durante algunas semanas al año, una práctica que se está generalizando. Lorente destaca este abuso: “No es posible estar bajo un contrato fijo discontinuo durante diez meses y medio o once meses. Esto implica superar el límite legal y, si además se hace para que el trabajador cobre el paro en sus vacaciones, la situación empeora”. Precisa que el trabajador con este contrato conserva el derecho a la prestación por desempleo durante los periodos inactivos y, al mismo tiempo, mantiene la antigüedad, a diferencia del contrato temporal.
Derecho a vacaciones y reclamo por conversión a contrato indefinido
Uno de los aspectos más relevantes que señala el abogado se relaciona con la remuneración durante las vacaciones. Explica que “las vacaciones deben ser pagadas, y el mes en que el trabajador se pone en paro debería estar contratado oficialmente por la empresa y cobrando sus vacaciones”. Esto significa que la empresa no puede eludir el pago de las vacaciones obligando al cierre temporal del contrato para que el trabajador acuda a desempleo en ese periodo.
La recomendación de Lorente para quienes atraviesen esta situación es concreta: “Si te encuentras en esta circunstancia, es aconsejable reclamar para transformar el contrato fijo discontinuo en uno indefinido ordinario”. El abogado destaca que esta vía ofrece a los trabajadores la posibilidad de preservar su antigüedad y garantizar una protección adecuada frente a situaciones de cese o despido. Además, subraya la importancia de exigir transparencia y comunicación clara acerca de los avisos para incorporarse al puesto de trabajo.
Finalmente, Lorente insiste en que un trabajador con contrato fijo discontinuo que encadene largos periodos activos, seguidos únicamente por un mes de inactividad a decisión empresarial, podría solicitar el reconocimiento de un contrato indefinido ordinario.

