Han transcurrido 19 días desde que la Sala comunicó la resolución contra Álvaro García Ortiz

Después de 19 días desde que se notificó la condena a Álvaro García Ortiz, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha publicado la sentencia que explica detalladamente la decisión adoptada por los magistrados. La condena se fundamenta en dos hechos principales: la filtración, atribuida al fiscal general, del correo electrónico del abogado de Alberto González Amador a la Cadena SER, hecho considerado probado, y la divulgación de un comunicado por parte de la Fiscalía General del Estado el 14 de marzo de 2024 que contenía fragmentos de dicho correo.
El fallo, que comprende 223 páginas, establece que García Ortiz, al solicitar estos correos para refutar las acusaciones realizadas por Miguel Ángel Rodríguez contra la Fiscalía —que los magistrados califican como “una especulación gratuita”—, recibió los mensajes en su cuenta personal de Gmail a las 21:59 y 22:01 horas. No obstante, en el primer momento solo accedió al correo del 2 de febrero y solicitó que le enviaran el segundo, que fue recibido a las 23:45.
“La información obtenida, en concreto el correo electrónico del 2 de febrero, fue transmitida desde la Fiscalía General del Estado, mediante intervención directa o por medio de un tercero, pero siempre con el pleno conocimiento y consentimiento del Sr. García Ortiz, al periodista de la Cadena SER, Miguel Ángel Campos, lo que posibilitó que en el programa Hora 25, a las 23:25 horas, se emitiera un avance informativo que afirmaba: «…el abogado del novio de Ayuso ofreció a la Fiscalía la posibilidad de llegar a un acuerdo en el que se declarara culpable para evitar el juicio»”, detalla la sentencia.
También se añade que “El periodista participó en directo, declarando haber accedido al correo enviado a la Fiscalía, en el que «se propone un pacto, un acuerdo de conformidad para resolver la deuda con Hacienda, lo que implicaría reconocer la condena por dos delitos fiscales y abonar la suma adeudada», resaltando la expresión «ciertamente se producen» dos delitos fiscales. Además, indicó que la Fiscalía publicaría, durante las horas siguientes, un comunicado informativo”.
Posteriormente, el contenido fue publicado en la página web de la Cadena SER, y los magistrados señalan que “fue la primera ocasión en que se difundió públicamente el texto íntegro del correo del 2 de febrero, pese a que el programa de radio, sin emplear la literalidad que utilizó la web de la emisora, había adelantado su contenido esencial”.
(Noticia en desarrollo)

