El Tribunal Supremo afirma que el fiscal general violó injustificadamente el estricto deber de confidencialidad relacionado con la pareja de Ayuso

Álvaro García Ortiz, durante el juicio oral ante el Tribunal Supremo./

El Tribunal Supremo ha impuesto una multa y la inhabilitación al fiscal general Álvaro García Ortiz por la divulgación de datos confidenciales.

La sentencia está vinculada a la filtración de un correo electrónico del abogado de la pareja de Ayuso, en el que se reconocían delitos fiscales, así como a una nota informativa de la Fiscalía.

El Supremo determina que la divulgación se realizó con el conocimiento directo del entonces fiscal general o de personas muy cercanas a él.

El fallo resalta que el fiscal general contaba con un estricto deber de confidencialidad que fue vulnerado sin motivo válido.

La Sala Penal del Tribunal Supremo hizo pública este martes la resolución que impone multa e inhabilitación a Álvaro García Ortiz, fiscal general.

Según informó EL ESPAÑOL, la condena está basada en la revelación de datos reservados, tanto debido a la filtración del correo del abogado de González Amador, en el que se admitía la comisión de delitos tributarios, como a la nota informativa de la Fiscalía que negó haber ofrecido un acuerdo de conformidad.

La Sala, presidida por Andrés Martínez Arrieta —ponente de la sentencia— y compuesta también por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Carmen Lamela, Ana Ferrer y Susana Polo (estas dos últimas mostraron disconformidad), concluye que el responsable de la filtración fue el entonces fiscal general, o alguien de su entorno actuando con su consentimiento.

Se recuerda que el fiscal general del Estado no puede combatir una noticia falsa cometiendo un delito, destacando que tenía un deber reforzado de reserva que violó injustificadamente.

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