El letrado aclara que los días de descanso anuales son treinta naturales y, por tanto, el sábado y el domingo se cuentan dentro de ese total

En el contexto laboral español, existen prácticas comunes que, aunque parecen habituales, pueden perjudicar directamente a los empleados. Una de estas es programar el inicio de las vacaciones en días que reducen el tiempo efectivo de descanso. El abogado laboralista Juanma Lorente advierte que este aspecto, que muchos trabajadores no reparan o aceptan sin cuestionarlo, puede conllevar la pérdida de días que legalmente les corresponden.
Lorente explica que es crucial comprender cómo se contabilizan los días naturales según la ley. Las vacaciones anuales comprenden treinta días naturales, lo que implica que los sábados y domingos están incluidos en ese cálculo. Para un empleado cuya semana laboral va de lunes a viernes, permitir que las vacaciones empiecen un viernes significa incluir el sábado y domingo siguientes dentro del período vacacional. Así, se pierden dos días completos que podrían aprovecharse para un descanso real, en lugar de contarse automáticamente como parte del descanso semanal habitual.
El abogado destaca que esta situación es habitual en empresas que, ya sea por desconocimiento o de manera intencionada, plantean el comienzo de las vacaciones el último día laborable. Sin embargo, esta práctica no favorece al trabajador, quien ve reducido su tiempo real de disfrute. Según Lorente, lo correcto y conforme a la ley es que, en jornadas de lunes a viernes, el período de vacaciones comience siempre un lunes. De esta forma, el fin de semana anterior no se incluye dentro de los treinta días establecidos por la normativa.
La recomendación varía cuando la estructura laboral es distinta. Lorente expone el ejemplo de quienes trabajan de martes a sábado. En tal caso, las vacaciones no deberían iniciar un sábado, dado que ese es su último día laboral, lo que causaría el problema de incluir el domingo y lunes siguientes, descontando tiempo útil de disfrute. Para estos empleados, el martes es el primer día hábil, y por ende, ese debería ser el día en que comienzan sus vacaciones para no considerar días que corresponden al descanso semanal.
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Elegir siempre el primer día hábil de la jornada
El abogado laboralista insiste en que el criterio fundamental consiste en determinar cuál es el primer día hábil de la semana para cada trabajador. Ese debe ser el momento adecuado para iniciar las vacaciones, sin importar el sector o convenio vigente. Además, subraya que esta norma no es una concesión ni una interpretación flexible, sino el método correcto para aplicar los treinta días naturales sin reducir arbitrariamente el tiempo asignado por ley.
Por ello, Lorente recomienda que los trabajadores tengan en cuenta este punto y, ante cualquier conflicto, puedan defenderlo ante la empresa para evitar la pérdida injustificada de días. Muchos empleados, especialmente quienes tienen jornadas atípicas o trabajan en sectores con turnos rotativos, desconocen que comenzar sus vacaciones en un día inapropiado les disminuye el tiempo de descanso.

