Los informes médicos demostraron que la empleada padece crisis diarias de dolor, náuseas, vértigos y fotofobia, lo que le impide realizar incluso tareas básicas dentro y fuera de su hogar

Durante cinco años, Herminia, una panadera de 37 años, ha luchado contra un enemigo invisible: el dolor paralizante provocado por las migrañas crónicas. La Justicia ha confirmado que la vida laboral de Herminia quedó truncada por esta enfermedad, que le arrebata cualquier posibilidad de normalidad y la condena a prolongados periodos de reposo, a veces sin tolerar la luz ni ruidos mínimos. Ahora, gracias a esta resolución, recibirá una pensión mensual de 1.300 euros, la cuantía máxima que concede la Seguridad Social en estos casos. La sentencia incluye una frase contundente: “Es difícil imaginar que pueda desempeñar algún tipo de trabajo”.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha concedido a Herminia la incapacidad permanente absoluta, revocando la decisión previa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La resolución obliga a la Administración a pagar la pensión máxima por incapacidad, así como todas las cantidades que Herminia dejó de percibir durante este periodo, con los intereses legales correspondientes.
Para el tribunal, el cuadro clínico de la panadera —con crisis frecuentes, medicamentos que sólo alivian parcialmente, síntomas persistentes de cefalea severa, náuseas, vértigos y fotofobia— representa un obstáculo insalvable para mantener un empleo. Se enfatiza que no se trata meramente de dolores episódicos, sino de un “cuadro limitante crónico” cuya intensidad y frecuencia imposibilitan cualquier ritmo laboral estable o predecible.
La historia médica de Herminia se vuelve fundamental en el fallo. Desde hace años, las crisis de migraña irrumpen súbitamente en su vida diaria, con episodios que pueden extenderse horas o incluso varios días consecutivos. Los informes médicos aportados por especialistas describen “migrañas crónicas de altísima frecuencia”, acompañadas de vértigos, náuseas constantes y una fotofobia tan intensa que la obliga a permanecer a oscuras durante gran parte del tiempo.
Las limitaciones que sufre Herminia afectan no solo su trabajo, sino también actividades básicas del hogar, como leer, cocinar o mantener una conversación durante una crisis. Las continuas consultas en neurología han confirmado que los tratamientos convencionales no logran devolverle una calidad de vida adecuada ni garantizan periodos mínimos de estabilidad entre las crisis.
Qué es la incapacidad permanente: cómo solicitar la pensión, qué enfermedades habilitan la ayuda y cuánto se cobra.
La primera sentencia le permitía realizar trabajos “ligeros”
El relato recogido en los informes muestra que las crisis aparecen de forma imprevisible, sin que Herminia pueda prever cuándo podrá salir a la calle o hacer gestiones tan simples como comprar el pan. La resolución del Tribunal reconoce que “la patología que padece la demandante está lejos de ser una limitación funcional leve o tolerable”. Además, señala que los intervalos entre las crisis son tan inestables que no permiten asegurar la asistencia a ningún empleo, ni siquiera en condiciones adaptadas.
El proceso judicial de Herminia estuvo marcado por negativas iniciales y la obligación de agotar la vía administrativa antes de reclamar. El INSS reconoció inicialmente una incapacidad permanente total únicamente para la profesión de panadera, dejando abierta la posibilidad teórica de desempeñar otro trabajo menos exigente. Disconforme, Herminia apeló esta resolución y presentó informes médicos actualizados de su especialista y del hospital de referencia, donde se evidenciaba la frecuencia, intensidad y resistencia de las crisis a tratamientos tradicionales.
La sentencia ahora anulada sostenía que Herminia podría trabajar en empleos “ligeros”, pero el tribunal ha invalidado dicho argumento: la naturaleza y duración de las migrañas imposibilitan incluso la realización de tareas sencillas o jornadas reducidas. El Tribunal establece un criterio claro: los trastornos crónicos que impiden cualquier previsibilidad convierten a la persona en beneficiaria de la incapacidad absoluta, aunque conserve episodios puntuales de actividad.
Con la resolución definitiva y la recomendación expresa del tribunal sobre la gravedad del caso, Herminia pone fin a un litigio que le ha significado años de incertidumbre y dificultades económicas. Aunque la sentencia aún admite recurso de casación, deja claro que la Seguridad Social debe iniciar de inmediato el pago de la prestación reconocida.

