José Ramón López, abogado: métodos efectivos para maximizar deducciones fiscales si eres autónomo o empresario – Infobae

El especialista explica que esta deducción está regulada en el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aplicable también a la declaración del IRPF

EL abogado explica como deducir

Muchos autónomos y pequeñas empresas desconocen que tienen la posibilidad de recuperar gran parte del dinero invertido en proyectos culturales. Este beneficio fiscal, poco conocido pero completamente legal, está contemplado en la Ley del Impuesto sobre Sociedades y permite no solo recuperar el total de la inversión, sino también obtener un 20% adicional como incentivo. El abogado José Ramón López, conocido en TikTok como @tu_blog_fiscal, detalló cómo aprovechar esta deducción antes de que finalice el año.

“Esta es la última vez que explico esto en el año. No lo voy a repetir más”, señala López al comenzar su vídeo, donde destaca que tanto autónomos como empresas pueden deducir la cantidad invertida en cultura. El experto señala que esta deducción se encuentra regulada en el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y también es aplicable en la declaración del IRPF. En términos prácticos, esto significa que quien invierte en un proyecto cultural aprobado por Hacienda puede recuperar la suma total y, además, añadir un 20% extra. “Si inviertes cinco mil euros antes de que finalice el año en un proyecto cultural, luego podrás recuperar íntegramente esos cinco mil euros en tu declaración de la renta y, encima, te concederán un 20% más. Es decir, seis mil euros en total”, resume López.

El abogado aclara que no se trata de una reducción de beneficios, sino de una devolución directa en la declaración, una especie de crédito fiscal que Hacienda reembolsa al contribuyente. “No se descuenta de tus beneficios. Tú aportas el beneficio que sea, y luego recuperas íntegramente esos dieciocho mil euros en la declaración de la renta”, explica.

Para ilustrar, López pone su propio ejemplo: “En 2024, invertí quince mil euros en un proyecto cultural. Eso implica que puedo deducir esos quince mil euros y, además, obtener un 20% adicional. El 20% de quince mil son tres mil, por lo que me deduzco un total de dieciocho mil euros”. Añade que si el contribuyente no logra aplicar la totalidad de la deducción en el ejercicio actual, el remanente puede trasladarse a los años posteriores. “Si no puedes aplicar toda la deducción en esta declaración o impuesto sobre sociedades, la cantidad restante queda a cuenta para ejercicios futuros”, indica, citando los límites establecidos por Hacienda.

Las inversiones deben hacerse antes de concluir el año

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López insiste en que el objetivo de este incentivo es promover la inversión privada en cultura: “El propósito es incentivar que autónomos y empresas destinen capital a estos proyectos culturales, y luego sea Hacienda quien efectivamente lo abone, porque te lo devuelven a ti”.

No obstante, advierte que esta deducción resulta más provechosa para quienes esperan obtener beneficios altos: “Claramente, está destinada a autónomos o empresas que proyectan beneficios de cuarenta, cincuenta mil euros o superiores”. Con el cierre del año acercándose, recalca que las inversiones deben realizarse antes del 31 de diciembre para que puedan incluirse en la declaración correspondiente al ejercicio 2024.

López concluye su vídeo con una recomendación práctica: “Como ya estamos a final de año, más o menos sabes qué beneficio tendrás. Si deseas aprovecharlo, debes realizar la inversión antes de que termine el año. Si no, no contará para el 2025”.

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