Se ordenó la salida del país a 51.030 personas; solo 8.725 cumplieron con esta medida. La ejecución de las sanciones impuestas disminuyó un 71% en comparación con los últimos tres años.

El hecho de que tres de los cuatro hombres procedentes del Magreb que violaron en grupo a una joven en Pamplona tuvieran pendientes expedientes de expulsión plantea una cuestión urgente: ¿por qué no se habían llevado a cabo esas sanciones? Más aún si se considera que, hace un año, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, calificaba de «imprescindible» el retorno de quienes ingresan irregularmente a España, enfatizando que «la legislación europea y española lo exige». En consecuencia, el Gobierno incrementó la emisión de órdenes de expulsión en 2024, pero la ejecución de estas alcanzó su nivel más bajo: no llegó al 20%.
Los datos recientes de Eurostat indican que solo 8.725 personas fueron devueltas a terceros países, pese a que se ordenó esta medida para 51.030 individuos durante ese año; es decir, se cumplió tan solo el 17% de los expedientes. Esta misma fuente señala que nunca antes se había registrado un nivel tan bajo en la aplicación de esta sanción: en 2023 se retornó al 59% de los afectados por órdenes de expulsión, en 2022 al 58,3%, y en 2021 al 60,5%. En cuatro años, la realización de devoluciones se ha reducido un 71%. De hecho, en el primer semestre de 2025 se emitieron 31.250 órdenes de expulsión, y solo 3.065 personas (9,8%) abandonaron España tras recibirlas.
Al analizar los datos de los últimos cuatro años —ya que la Unión Europea no dispone de cifras anteriores a 2021 para la mayoría de países—, se observa que España ha incrementado en un 549,5% las órdenes de expulsión emitidas desde 2021. El aumento más pronunciado se dio entre 2023 —cuando se ordenó salir a 10.645 personas— y 2024, con un crecimiento del 379,5%.
Aunque en menor medida, también aumentaron los retornos. España pasó de repatriar a 4.755 personas en 2021 a 8.725 en 2024, lo que representa un incremento del 83,5% en las devoluciones. Sin embargo, la comparación entre estas dos cifras demuestra un desajuste significativo entre las órdenes de expulsión emitidas y las realmente ejecutadas.
Volviendo a la pregunta inicial sobre las causas de esta disparidad entre expulsiones ordenadas y realizadas, la Fiscalía General del Estado señaló en su Memoria Anual 2025 los «retrasos y obstáculos para llevar a cabo las expulsiones» contempladas en el Código Penal y la Ley de Extranjería. Estos se deben, entre otros factores, al «colapso en los juzgados» o a la «imposibilidad de localizar al investigado o condenado». Además, el Ministerio Fiscal señala que existen «dificultades para expulsar a ciudadanos marroquíes y argelinos, debido a la falta de colaboración de las autoridades consulares al no expedir documentos».
Por otro lado, el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, defendió la semana pasada ante el Senado que el procedimiento de expulsión se rige por el «estricto cumplimiento de la legalidad», y que no es un proceso automático. Afirmó que «se cumplen todos los requisitos para llevar a cabo una expulsión con eficacia cuando procede, gracias a nuestras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».
Un 13,5% de migrantes irregulares expulsados
Estos aumentos coinciden temporalmente con el fuerte flujo migratorio que afectó a España en 2023 y persistió durante 2024, superando los máximos históricos de entradas irregulares. De acuerdo con los datos del Ministerio del Interior, durante los últimos cuatro años 193.986 personas ingresaron de forma irregular y se expulsaron a 26.130, es decir, solo un 13,5% del total que entró. Además, las 80.455 personas a quienes se ordenó salir representan el 41,5% de los que llegaron.
La información más reciente permite comparar el comportamiento de las devoluciones por años: de las 63.970 personas que entraron ilegalmente en 2024, se deportó al 13,6%. Esta cifra es algo superior a la del año previo, cuando se expulsó al 11% de los 56.852 migrantes irregulares. En 2022, con 31.219 entradas ilegales, la expulsión alcanzó el 20,38%, y en 2021 fue del 11,3% de las 41.945 personas que ingresaron.
Pese a ello, los datos de Eurostat para 2024 ubican a España en tercer lugar por órdenes de expulsión emitidas —detrás de Francia (128.745) y Alemania (57.080)— y en quinto puesto en expulsiones ejecutadas tras aplicar esta medida, siendo superada por Alemania (15.230), Francia (14.665), Suecia (10.150) y Chipre (8.915).
¿Qué dice la ley sobre las expulsiones?
Desplegable
Artículo 57 de la Ley de Extranjería
Las expulsiones no se aplican de forma automática. Antes de proceder se inicia un proceso legal para analizar los hechos y, posteriormente, emitir una resolución justificada.
Un extranjero puede ser expulsado de España si ha cometido delitos graves o muy graves según la Ley de Extranjería (art. 53.1) o si ha sido condenado en España u otro país por un delito con pena superior a un año de prisión.
Esta sanción está sujeta a limitaciones y la normativa contempla protecciones para situaciones humanitarias, familiares o de residencia prolongada.
Artículo 89 del Código Penal
Cuando un extranjero es condenado en España con una pena superior a un año de cárcel, el juez puede sustituir la condena por la expulsión del territorio nacional. En casos graves, el juzgador puede exigir el cumplimiento parcial de la pena antes de proceder a la expulsión.
La expulsión implica la prohibición de regresar a España durante un periodo de entre 5 y 10 años, dependiendo del caso. Si la persona regresara antes de este plazo, deberá cumplir la pena original.
Esta medida no se aplicará si resulta desproporcionada, por ejemplo, cuando la persona tenga fuertes vínculos con España (empleo, familia, residencia estable, etc.), ni a ciudadanos de la Unión Europea a menos que representen una amenaza grave para la seguridad o el orden público.

